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CÓDIGO DE ÉTICA

NORMATIVA DE ÉTICA

Índice
1. - Código de Ética

• Propósito
• Alcance
• Normas de Actuación
• Vínculos
• Otros Principios
2.- Política de Relaciones Consanguíneas y Sentimentales.
• Objetivo
• Relaciones Consanguíneas o en Grado Indirecto
• Sanciones
• Aplicación

3.- Política de Conflictos de Intereses

• Descripción
• Declaración de Conflictos

Código de Ética

Propósito:
Dar a conocer a los consejeros, funcionarios y empleados de “OPPORTEX”, sus obligaciones de
carácter ético hacia la empresa, sus accionistas, clientes, proveedores, acreedores, competidores y
hacia las comunidades en donde estamos presentes.
Alcance:
1.- Este Código aplica para su observancia a los miembros del consejo de Administración, Consejo
Patrimonial, Comité de Operaciones y a todos los funcionarios y empleados de “OPPORTEX”
2.- El presente Código parte de la premisa de que en la mayoría de las situaciones la conducta
correcta es clara, independientemente de que esté o no incorporada a un código, razón por la que
el presente no pretende ser exhaustivo, e incluir todas las situaciones donde pudiera presentarse un
conflicto de naturaleza ética.
3.- En vista de lo anterior, este Código se avoca fundamentalmente a delinear ciertos principios éticos
a los consejeros, funcionarios y demás empleados de “OPPORTEX” están sujetos y la filosofía que
la empresa mantiene en su relación con sus accionistas, clientes, proveedores, acreedores,
competidores y frente a las comunidades donde operamos. La empresa, sin embargo, podrá
establecer políticas específicas y códigos de conducta que regulen y verifiquen el cumplimiento de
los principios generales establecidos en el presente Código.
Normas de Actuación
• Valores Fundamentales. Son valores fundamentales de nuestra organización, la
honestidad, la integridad, el respeto, el servicio, la calidad, la equidad, la productividad, la
creatividad y el trabajo en equipo.
• Representación. Para los clientes, proveedores, acreedores, competidores y autoridades,
la conducta de cada uno de los consejeros, funcionarios y empleados de “OPPORTEX”,
representa en muchas ocasiones los valores y la manera de actuar de toda la empresa, por
lo que cada uno de los consejeros, funcionarios y empleados deberá conducirse en su
actividad personal, laboral y profesional de forma leal, respetuosa, diligente y honesta y con
base en los valores y principios éticos descritos en este Código.
• Cumplimiento de leyes. Los consejeros, funcionarios y empleados, están obligados a
cumplir con todas las leyes que rigen o limitan su área de responsabilidad.
• No discriminación. Nadie será discriminado por razones de género, preferencia sexual,
estado civil, edad, religión, raza, capacidad física, preferencia política o clase social.
• Acoso. Queda particularmente prohibido y condenado el acoso sexual, por el daño moral
que causa a quienes lo experimentan.
Vínculos
• Nuestros Clientes. Son nuestra razón de existir. Debemos ofrecerles un servicio de
excelencia con trato amable y mercancías con la mejor calidad relación precio-calidad, en
un ambiente agradable.
• Nuestros Empleados. Estamos comprometidos a ofrecer a nuestros empleados un trato
justo, respetando sus derechos laborales, en condiciones de trabajo seguras y sanas y en

un ambiente de entendimiento reciproco y apertura al dialogo. Asimismo, se deberá respetar
la dignidad y vida privada de cada uno de los empleados.
• Nuestros Proveedores y Acreedores. Nuestros proveedores y acreedores son
considerados nuestros socios comerciales. En todas y cada una de nuestras relaciones
comerciales deberá prevalecer los valores de honestidad, equidad y beneficio mutuo.
• Nuestros Accionistas. Existe el firme propósito de generar rendimientos en beneficio de
todos nuestros accionistas, protegiendo eh incrementando el valor de su inversión, mediante
el uso adecuado de los recursos de la empresa.
• Nuestros Competidores. Fomentamos la competencia leal, vigorosa y equitativa, siempre
con base en los méritos de nuestros productos y servicios.
• Nuestra Comunidad. Respetamos el entorno ambiental, las costumbres y la sociedad de
las comunidades donde estamos presentes. En nuestra operación observamos las leyes y
reglamentos y procuramos el uso de materiales y sustancias no tóxicas y/o biodegradables
que contribuyan al bienestar de nuestra comunidad.
Otros Principios
• Igualdad de Oportunidades. Se deberá ofrecer igualdad de oportunidades de empleo y
de crecimiento a las personas igualmente calificadas, sin distinguir en razón de género,
preferencia sexual, raza, religión, edad o cualquier otro factor distinto a las calificaciones
comerciales, técnicas o profesionales.
• Uso Indebido del Nombre de la Empresa. Ningún consejero, funcionario o empleado de
la OPPORTEX, puede utilizar el nombre de “OPPORTEX” o de sus empresas, así como el
resto de sus recursos en actividades para su beneficio personal.
• Información Confidencial. Los consejeros, funcionarios y demás empleados de la
“OPPORTEX” deberán abstenerse de divulgar información confidencial relativa a
procesos, métodos, estrategias, planes, proyectos, datos técnicos, de mercado o de
cualquier tipo, salvo en los casos que dicha divulgación resulte necesaria o conveniente en
los mejores intereses de “OPPORTEX” y se informe oportunamente de dicha divulgación
al superior jerárquico y en caso de no haberlo, a la Dirección General.
• Personas Deshonestas. Se evitará todo contacto o relación con personas deshonestas
que pretendan o puedan perjudicar a “OPPORTEX”, su imagen, así como a los
Accionistas, personal, clientes, proveedores y en general personas relacionadas directa o
indirectamente con la Organización.
• Actividades Personales. Los funcionarios y demás empleados deberán evitar desarrollar
una actividad externa a la empresa que demande una cantidad de tiempo y esfuerzo que
pueda afectar su capacidad y disponibilidad con las obligaciones que tiene con
“OPPORTEX”.
• Actividades Políticas. Los consejeros, funcionarios y empleados que participen en
actividades políticas de cualquier fuero, deberán tener especial cuidado en no involucrar a
“OPPORTEX”, estableciendo claramente de que se actúa a título personal, y no en
representación de esta, ya que ésta no influye, apoya o interviene en cualquier forma en
dichas actividades.

Política de Relaciones Consanguíneas y Sentimentales.

Objetivo:
Regular las decisiones sentimentales y consanguíneas, ya sean entre colaboradores o parientes
directos o indirectos, con la finalidad de evitar conflictos de intereses personales que afecten al
ambiente de trabajo u ocasionen favoritismos, acoso sexual o conductas que dañan la calidad moral
de las personas directamente relacionadas o a terceros.
Relaciones Consanguíneas o en Grado Indirecto:
Las relaciones consanguíneas o indirectas (parientes, políticos, etc.) se puedan llevar a cabo en la
empresa, siempre y cuando éstas respeten los siguientes lineamientos:
a) Aquellos que sean parientes directos o políticos, tendrán que colaborar en direcciones o
ubicación diferente (tienda, bodega u oficina) sin que exista dependencia jerárquica
directa, previa autorización del Director Corporativo correspondiente.
b) Los que decían formalizar una relación sentimental, deberán hacerlo del conocimiento del
superior inmediato y éste al Director correspondiente hasta llegar al Director Corporativo
del área, con la finalidad de tomar decisiones que no afecten le ambiente de trabajo, si los
involucrados se encuentran en la misma área, departamento o son jefe – colaborador.
c) Si la relación culmina en matrimonio o unión libre, los involucrados acudirán con su jefe
inmediato para que lo notifiquen al Director del Área y se tome la decisión de reubicar en
otro sitio a uno de ellos, si esto es posible, o que la pareja decida quién de los dos se
queda en la empresa.
La persona que decida retirarse deberá recibir una ayuda por parte de la empresa para su salida.
Sanciones:
a) Todos aquellos que no se apeguen a la presente política, se harán acreedores a sanciones,
que van desde una llamada de atención por escrito hasta la terminación de las relaciones
laborales.
b) Si la relación extramarital, la separación será para los dos involucrados en forma inmediata
no importando el nivel jerárquico que tenga.
c) Es facultad de la Dirección General el aplicar la sanción de acuerdo a la gravedad d ellos
hechos o circunstancias.
Aplicación:
La presente política entra en vigor a partir e la fecha de su comunicación, y no tiene retroactividad
en su aplicación.

Política De Conflicto de Intereses

Por medio de la presente se le informa que en el animo de procurar lo cabal apego a los principios
generales de conducta establecidos en el Código de Ética de la empresa, el Consejo de
Administración ha aprobado la política que a continuación se describe en materia de Conflicto de
Intereses (“la Política”), en los términos de la cual se procura evitar y en su defecto, conocer y
controlar las relaciones, compromisos y actividades de los consejeros, funcionarios y empleados,
que pueden afectar o limitar su independencia y el adecuado ejercicio de sus cargos. En ese sentido,
sus actividades personales no deberán estar en conflicto con la conducta que deben observar como
consejeros, funcionarios o empleados de la empresa, por lo que no deberán tener intereses
personales que afecten la toma de decisiones en el desempeño de sus funciones. Todas las

operaciones que conduzcan los consejeros o empleados, con personas ajenas de la empresa, deben
llevarse a cabo son beneficio personal alguno, ya se directo o indirecto, y sin beneficio de cualquier
otro consejo, funcionario o empleado.
En el ejercicio de sus funciones, todos los funcionarios y empleados de la empresa deberán tratar
con los proveedores, clientes, distribuidores y cualesquiera otros que tengan negocios compatibles
con el interés de la empresa, deberán hacerlo sin concederles preferencia de ningún tipo.
El área de principal conflicto que cubre la Política, se refería al interés financiero o de inversión en
empresas proveedoras o en otras que hagan negocios o compitan con la “OPPORTEX” en el
entendido de que no habrá conflicto en el caso de que un consejero, funcionario o empleado de la
empresa sea propietario de acciones de un proveedor, siempre y cuando éste permanezca apartado
de los procesos que dicho proveedor lleva con “OPPORTEX”, y no esté en posición de influenciar
la concesión de negocios o mejores términos a dicho proveedor. No obstante, lo anterior, los
consejeros, funcionarios y empleados deberán informar anualmente a la Dirección de Auditoría
Interna de la empresa, en el mes de enero de cada año y de conformidad con la “Declaración de
Conflictos de Intereses” adjunta la presente, si existe cualquiera de las siguientes situaciones:
a) Si usted, su cónyuge o cualquiera de sus parientes por consanguinidad o afinidad hasta en
el tercer grado (incluye, hijos, nietos, hermanos, sobrinos y tíos, tanto de usted como de su
cónyuge) mantienen alguna inversión de cualquier tipo o trabaja en o para alguna empresa
proveedora, distribuidora o competidora de la “OPPORTEX”.
b) Si dentro de sus funciones en la empresa usted está en posición de recomendar,
preseleccionar o suavizar normas de aceptación o bien en las condiciones para el
arrendamiento de inmuebles, adquisición o venta de artículos, servicios o propiedades de o
para cualquier compañía en la que usted o su cónyuge o cualquiera de su parientes por
consanguinidad o afinidad hasta el tercer grado (incluye, hijos, nietos, hermanos, sobrinos y
tíos, tanto de usted como de su cónyuge) tenga algún interés financiero o trabaje en o para
la misma.
c) Si dentro de sus funciones en la “OPPORTEX” es usted responsable o supervisa a personas
responsables de la adquisición o venta de artículos, servicios o propiedades de o para
cualquier compañía en la que usted su cónyuge o cualquiera de sus parientes por
consanguinidad o afinidad hasta en el tercer grado (incluye, hijos, nietos, hermanos, sobrinos
y tíos tanto de ustedes como de su cónyuge) tenga algún interés financiero o trabaje en o
para ella.

Declaración de Conflicto de Intereses

La Declaración de Conflicto de Intereses debe llenarse cada año en el mes de enero, sin embargo,
es obligación permanente informar y llenar una nueva Declaración de Conflicto de Intereses al
adquirir cualquier tipo de interés o iniciar actividades que deben ser reportadas, de conformidad con
lo expuesto anteriormente.
De igual manera, los consejeros deberán preparar un reporte en el cual (i) manifieste que comprende
el contenido y alcance de la Política, e (ii) informe de cualquiera asunto que, potencialmente, pudiera
desviarse de la Política.
Bajo esta política general, se desprende que los miembros del consejo de administración, los
miembros del consejo patrimonial, los funcionarios y los empleados de la “OPPORTEX” que tengan
directa o indirectamente intereses en empresas con las que nuestra empresa tenga relación de
negocios o sean sus competidores, deberán comunicarlo a la Dirección de Auditoria Interna.
Los consejeros, funcionarios y empleados de “OPPORTEX” no deberán contraer intereses
personales u obligaciones que puedan inducirles a usar su puesto o influencia para beneficio propio
beneficio directamente de otros funcionarios y empleados de esta.

Los funcionarios y empleados no deberán contratarse o prestar sus servicios en otras compañías u
organizaciones como empleado o consultor, excepto con la aprobación del jefe inmediato, quien
previamente lo consultará con la Dirección General.

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